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Protocolos de Actuaciones

Conceptos generales aplicables a los protocolos

 
EPÍGRAFE 1. Servicios objeto de los Protocolos de Actuaciones.

Los diversos Protocolos exponen la prestación por parte de la Diputación de Badajoz, a través de la Oficialía Mayor en los siguientes servicios:

  • Asesoramiento Jurídico.
  • Asistencias Técnicas Jurídicas.
  • Asistencia a Tribunales y Comisiones de Valoración de Pruebas Selectivas
  • Asistencia en expedientes disciplinarios.
  • Atención a Municipios en las funciones reservadas a los funcionarios con habilitación estatal.
  • Servicio de Información y Documentación.
  • Asesoramiento y Asistencia Económica y Contable.
  • Asesoramiento y Asistencia en RRHH.
 
EPÍGRAFE 2. Ámbito de aplicación, entidades beneficiarias de los servicios
  1. La Diputación de Badajoz, a través la Oficialía Mayor , prestará estos servicios a las Entidades Locales de la Provincia de Badajoz
  2. No obstante, éstos podrán prestarse, además, a los Organismos Autónomos, Consorcios y Sociedades Mercantiles participadas mayoritariamente por las Entidades Locales de la Provincia.
  3. Asimismo, l a Oficialía Mayor asumirá el asesoramiento de otras Entidades Asociativas o personas jurídicas, siempre que estén participadas mayoritariamente por Entidades Locales de la provincia y su objeto sean servicios públicos locales o supramunicipales.
  4. Excepcionalmente se podrá prestar la asistencia a personas jurídicas vinculadas a las Entidades Locales de la Provincia no incluidos en el párrafo anterior.
  5. Los servicios se prestarán preferentemente a los Municipios de la provincia de Badajoz con población inferior a 20.000 habitantes y especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión.
  6. Estos servicios podrán incluir la formación jurídico-administrativa de los miembros y personal de las Entidades locales, así como de su perfeccionamiento, a través de jornadas formativas o encuentros municipales.
 

EPÍGRAFE 3. Principios de actuación

El Personal de la a Oficialía Mayor actuará en el ejercicio de sus funciones de acuerdo con los principios de objetividad, legalidad, diligencia, profesionalidad, imparcialidad y no discriminación.

 

EPÍGRAFE 4. Prestación Potestativa

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la prestación de los servicios comprendidos en los protocolos será facultativa para la Diputación, en atención a las circunstancias de todo orden que concurran en cada caso, c uya apreciación corresponderá al Oficial Mayor.

En ningún caso realizará actuación alguna en los siguientes supuestos:

  • Cuando en el asunto sometido a consulta, informe o asistencia puedan estar implicados de manera contradictoria dos usuarios de este servicio.
  • Cu ando el asunto esté en sede judicial, en cuyo caso procederá la petición de asistencia al Gabinete de Asuntos Judiciales de la Diputación de Badajoz.
  • Cuando se refiera a actuaciones de la Corporación donde estén implicados otros corporativos del mismo o de anteriores mandatos
 

EPÍGRAFE 5. Medios personales

Los servicios objeto de regulación en los diversos Protocolos se realizarán con los medios propios de la Diputación de Badajoz a través de l a Oficialía Mayor y, en su caso, con la colaboración del personal técnico adscrito a otras Áreas o Servicios de la Diputación, a propuesta de la Oficialía Mayor , mediante notas de servicio interior.

Excepcionalmente, y previo acuerdo o convenio con la Junta de Extremadura, Universidad de Extremadura o cualquier institución pública de la Comunidad Autónoma, podrá ser encomendados aquéllos a personal adscrito a las mismas.

Así mismo, y también con carácter excepcional, la Diputación de Badajoz podrá contratar los servicios de profesionales o empresas cualificadas, según el servicio solicitado, para colaborar en cualquier asunto de la competencia de la a Oficialía Mayor y bajo la supervisión y dirección de éste.

 

EPÍGRAFE 6. Solicitud de los Servicios.

Para solicitar cualquiera de los servicios contemplados en el presente Protocolo se requerirá petición motivada y firmada por el órgano que ostente la representación de la Entidad solicitante. Esta petición será dirigida a la Oficialía Mayor .

Dicha solicitud deberá realizarse según los modelos normalizados que se incorporan como ANEXOS y que estarán disponibles en la web de la Diputación:

www.dip-badajoz.es/municipios/sael

Relación de Protocolos


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